Los expertos coinciden en evaluar la posibilidad de acogerse a lo previsto en la Ley 1564 de 2012 / Getty
En este espacio hemos hablado de cómo repartir el dinero que ganamos, cómo organizar las finanzas, dependiendo de la temporada del año o de cambios en las reglas del juego, como una reforma tributaria. Sin embargo, siempre existe la posibilidad de que algo se salga de control. Ya sea por no medir los gastos con la tarjeta de crédito o por situaciones inesperadas o complejas –como perder el empleo, una enfermedad o un divorcio–, podemos quedar asediados por las deudas y enfrentarnos a dificultades para pagar, lo que técnicamente se conoce como insolvencia.
Luis Benítez, director de Insolvencia Colombia, una firma asesora especializada en estos asuntos, es enfático en que cada caso es diferente, no obstante, hay algunas preguntas que usted se puede hacer para saber si está en problemas o no.
Sigue a Cromos en WhatsAppSi sus ingresos mensuales le alcanzan para pagar sus gastos y sus deudas –así como para ahorrar–, según Benítez usted está bien. Por el contrario, es hora de sentarse a pensar en sus posibilidades si lleva más de tres meses pidiendo prestado o haciendo uso de los avances de la tarjeta de crédito para pagar otras deudas. Como dice la abogada Andrea Troncoso, especializada en derecho financiero y comercial, “si abre un hueco para tapar otro”.
Por supuesto, una de las recomendaciones es evaluar si hay forma de reducir gastos o salir de bienes o servicios que no necesite para poder encontrar la liquidez suficiente. También, buscar ayuda o asesoría con expertos: una firma especializada o un abogado financiero que evalúe su caso en específico. De nuevo: la historia de cada uno es diferente.
Puede que una de las opciones sea hablar con los bancos y reestructurar sus deudas; sin embargo, Troncoso no lo recomienda: seguramente implicará aumentar el plazo y, por tanto, el valor de la deuda. Al final, no será lo más beneficioso.
En lo que los expertos coinciden es en evaluar la posibilidad de acogerse a lo previsto en la Ley 1564 de 2012 (en el título IV), que alude a la insolvencia de personas naturales no comerciantes. Hacen énfasis en el “no comerciantes”, para los que sí lo son existen otras posibilidades.
Esta ley permite, si usted cumple determinadas condiciones, llegar a acuerdos con sus acreedores. Y no solo se refiere a los bancos, sino a cualquier acreedor con el que haya un pagaré. Esto se pone sobre la mesa en un centro de conciliación o en una notaría, para normalizar su situación o, incluso, liquidar su patrimonio, de tal forma que pueda cumplir con sus obligaciones y salir con la frente en alto.
En esto último, insiste Troncoso: manifestar su intención y disposición para pagar sus deudas es muestra de responsabilidad y dignidad. La abogada hace un llamado a romper los estigmas alrededor del tema y a no preocuparse por el 'qué dirán'.
Según su experiencia, estos problemas son más comunes en los estratos 4, 5 y 6, en los que la gente, por tener mayores ingresos, también es más susceptible de acceder a productos y servicios financieros o bancarios. “El deudor no es un delincuente, solo está en una situación difícil y nos puede pasar a todos”, señala el experto.
Yahira Guzmán, especialista en psiquiatría, afirma en el libro Guía para no estar pelado, de Camilo Vega, que las deudas o aprietos financieros “pueden afectar la estabilidad emocional, dado que la incertidumbre y la falta de recursos para satisfacer las necesidades personales y familiares, por un lado, alteran la capacidad de decisión y, por otro, pueden causar desenlaces relacionados con trastornos de ansiedad, depresión y, en algunos casos desesperados, incluso ideación de muerte o suicidio”.
Troncoso, por su parte, sostiene que “al no conocer que existe este salvavidas (llegar a acuerdos a la luz de la ley) las personas pueden entrar en situaciones que afectan su parte emocional o física”. Una crisis financiera no solo impacta a una persona sino a todo el entorno familiar y puede conducir a tomar decisiones nefastas, como acudir a los llamados gota a gota, que solo empeorarán el estrés y las condiciones de seguridad de la persona.
Si usted ha incumplido por más de 90 días dos o más deudas, con dos o más acreedores, entre otros requisitos, puede acogerse a la ley. Lo ideal es tomar la decisión más temprano que tarde. Mientras más tiempo espere, más complicada puede ponerse la situación. La prioridad debe ser proteger sus finanzas y su patrimonio, pero, sobre todo, su salud.